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23/03/2015 #1
Se puede trasnporta un armaa otro estado con solo el registro
Compañeros haber si alguein me ayuda una migo me regala una escopeta pero esta en tijuana como tengo que hacerle para traermela es decir voy la registro alla y tengo que sacar un permiso de transportacion en la zona de tijuana para traermela por avion o carro o lo puedo tramitar con los datos del arma aqui en mi zona alguein sabe
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26/03/2015 #2
puedes solicitar el permiso de transportacion en la zona donde la registras preferentemente, pero al igual recuerda que el registro te permite el traslado a otro estado, pero si tu quieres mas seguridad mejor tramita el permiso y ya te regresas sin problemas, y te recomiendo avion gastas casi lo mismo y llegas mas rapido jejeje...claro solo al ingresar pides tu apoyo para trasladar tu articulo peligroso y listo......aaahhh solo no les vala a gustar a los amigos de PF ya sabes esos son los que a veces la hacen de emocion, los del ejercito normalmente no te dan lata.....saludos amigo daniel....
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26/03/2015 #3
El único caso en que el registro permite el trasalado a otro estado es cuando se compra el arma en la DCAM, en cualquier otro caso se debe solicitar un permiso extraordinario de transportación.
“La mala ortografía es una enfermedad de transmisión textual”
Protégete
Nunca se miente tanto como antes de las elecciones, durante la guerra y después de la cacería.
-Otto von Bismark
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OBSESSED is just a word the LAZY use to describe the DEDICATED.
-Russell Warren
Taking the gun off safety increases velocity by a 100%
correo: amini@enlamira.com.mx
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27/03/2015 #4
El registro no ampara la transportacion del arma.
Lo recomendable es que la registres y ahi mismo solicites la transportacion del arma, y en su defecto tengo entendido que te pueden dar un permiso en la zona para traslado a tu domicilio.
Deberias investigar para mayor certeza.
Lo que si, no vayas a hacer es aventarte sin documentos porque si te sale algo mal, no te la acabas...El unico rival a ganarle es a ti mismo, en tu interior estan todos los verdaderos enemigos los cuales te encadenan y te quieren derrotar.
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01/08/2018 #5
el registro te ampara la transportacion por las primeras 48horas despues de ese tiempo requieres de un permiso especial
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01/08/2018 #6
Cuando haces registro inicial, o cambio de propietario. El registro o hoja rosa te ampara su transportación hasta el lugar de residencia donde se resguardara el arma. En 3 ocasiones he comprado armas en cdmx y al hacer cambio de propietario en zona militar te explican que tienes hasta 3 días para regresar a tu domicilio, que el registro te ampara su traslado.
Soy de Nayarit. En 2 ocasiones me he regresado en avión y 1 ocasión en autobús. En las 3 ocasiones declare el arma al momento de abordar.
En el caso del avión declaras arpel. Y en el autobús aolo declaras lo que llevas contigo. En los 2 supuestos te quitan el arma y checan su registro que coincidan las series. La resguardan y te la entregan al llegar a tu estado. Saludos
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01/08/2018 #7
Con la pura hoja de registro puedes viajar... aunque trata de hacerlo en menos de 24hrs
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01/08/2018 #8
Mira checa este post esta hasta documentado con fundamento de SEDENA. https://www.enlamira.com.mx/foros/th...de-propietario
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01/08/2018 #9
https://www.enlamira.com.mx/foros/th...de-propietario
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02/08/2018 #10
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02/08/2018 #11
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05/08/2018 #12
Cuando realizas un cambio de propietario en cuarteles de la SEDENA, tienes 48 horas para transportarla a donde tu quieras sin permiso extraordinario para el traslado de armas (PETA). Saludos
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