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05/06/2008 #1
Traslado De Tiros A Zacatecas
Si Tengo 5 Registros De Escopeta, Se Supone Que Tengo Derecho A Comprar 1,000 Tiros Por Registro Verdad? Ahora La Pregunta Es Como Me Los Traigo A Zacatecas O Que Me Ampara Si Mi Transportacion Solo Me Ampara 1,000 Tiros Y Traigo 5,000?
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05/06/2008 #2
El PETA solo te ampara 1,000
Pero por ahí puedas coseguir algún permiso como el que tienen los distribuidores o algo por el estilo.
Saludos
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05/06/2008 #3
Saludos Jose Luis
Pues creo que lo unico que te ampara es el documento que te dieron en la dcam al vendertelos, alguna nota, factura y tus registros.
Saludos Jose Luis y suerte." No le digas a Dios que grandes son tus problemas, mejor dile a tus problemas que tan grande es Dios"
"El Titanic fue construido por Ingenieros y se undio; El arca de Noe por un hombre y su familia pero con la ayuda de Dios. ¡¡ Edifica con El y nunca te arrepentiras !!
Aunque los Médicos y los diagnosticos digan lo peor, no olvides que Dios siempre tendra la ultima palabra, confia en El. Para el que Cree todo le es posible.
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05/06/2008 #4
Perdon Que Ande De Metiche, Peroooooo
El P.E.T.A. ampara 1000 tiros de escopeta por calibre y 200 por calibre de alto poder-saludos
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05/06/2008 #5
Eso Que?
ESO DE L PE.T.A ES SABIDO POR TODOS, CREO QUE NO FUEI MUY CLARO, NO TENGO LAS 5 ESCOPETAS EN LA TRANSPORTACION, POR ESO ES MI PREGUNTA, SOLO TENGO UNA Y 4 FUERA DE TRANSPORTACION, COMPRO CON LOS 5 REGISTROS 5,000 TIROS, MI PREGUNTA ES SI HAY ALGO QUE ME AMPARE PARA TRANSPORTARLOS A ZACATECAS, SI CON LA FACTURA ES SUFICIENTE PARA EL TRASLADO?
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05/06/2008 #6
Ahora Si Te Entendi
Si puedes comprar 1000 por cada REGISTRO (hoja rosa), de escopeta que tengas y no hay problema en el transporte, ya que tienes el registro y la factura que ampara la venta legal de los cartuchos. saludos

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05/06/2008 #7
Tiros Para Escopeta
La Factura Le Ampara, Tambien Puede Preguntar En La Defensa Dcam Si Le Dan Un Salvo Conducto Para El Tr5aslado.
Saludoson
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05/06/2008 #8
Transporte
Ten Cuidado Compañero, Tu Tienes Solo Un Permiso De Transporte, Esto Es Para Una Sola Arma, Por Lo Que Para Mi, Solo Te Es Valido El Transporte Para 1000 Cartuchos. Pero Esperemos A Quien Alguien Con Mas Experiencia Pueda Decir Algo Mas A Tu Favor.
Saludos
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06/06/2008 #9
Si en su peta tiene 5 escopetas, le ampara 5000 cartuchos, asi como la factura.
No hay problema.
sAludos.
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11/06/2008 #10
Lo que te ampara es la factura, es lo que demuestra que los acabas de comprar legalmente. Te lo digo por que yo he comprado hasta 25,000 (tengo un deposito de cartuchos) y me dan el mismo documento que te darian a ti (factura).
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20/06/2008 #11
Como dice un amigo
A ver señores ... Como dice un amigo
Que no se les haga bolas el engrudo...
Efectivamente el peta dice que nada mas te pérmite transportar 1,000.00 tiros pero en este caso la forma en como por lo general se usa o se aplica (y conste que no es jusprudencia) es que nada mas son 1,000.00 tiros para fines cinegeticos como caza o tiro.
La ley federal dice que se te venden 1,000.00 tiros por cada registro entonces pues si tu vas al DF a comprar tiros en la defensa como bien hacen te venden 1,000.00 tiros por cada registro y eso es lo que te facturan.
Si en algun reten de militiras te detienen ellos son los mas obligados a dejarte pasar ya que la misma secretaria de la defensa te vendio los tiros
Ahora si te detiene un policia federal ellos que son mas largos y muchas veces no conocen la ley quiza te quieran pedir una lana pero tu debes hacer valer que los tiros te los vendio la secretaria de la defensa para su traslado a tu domicilio y aunque no tengas peta porque no estas usandolos para fines cinegeticos pues que llamen al secretario de la defensa para que junto contigo lo lleven al tambo porque seria corresponsable de un delito al venderte algo que no debe ser jajajajaaj (eso me encantaria verlo)
Mas o menos asi esta la cosa no se dejen si compran tiros ya sea 1,000.00 o 15,000.00 la secretaria de la defensa se los esta vendiendo porque es lo que la ley marca y si no pues que vayan por todos lo que estan en la Dcam por vender algo indebido
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20/06/2008 #12
Olvide
Olvide comentar que en el caso de transportar tiros del DF a tu casa lo que te ampara son 2 cosas primero los registro de las armas porque ahi son 1,000.00 tiros por cada arma y lo segundo seria la factura expedida por la Dcam
Saludos
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20/06/2008 #13
Bolas
Compañero Davidluna, Se Esta Haciendo Bolas El Engrudo, Considero Que Una Cosa Es Que Le Vendan Tantos Cartuchos Como Registros De Escopeta Tenga Y Otra Cosa Es El Permiso De Traslado, El Hecho Que Usted Compre En Dcam 3 Escopetas Y Que Le Den Un Permiso Provisional Por 48 Horas Para Llevarlas A Su Casa, No Le Da Ninguna Garantia Para Que Pasado Ese Tiempo Usted Pueda Andar Llevando Sus Escopetas Al Club De Tiro O De Caceria, Como Usted Bien Lo Sabe Para Andar Moviendo Sus Escopetas Debera Sacar El P.e.t.a. Y Asi En Base A Las Armas Que Anote En Su Peta, Correspondera El Numero De Cartuchos Que Podra Trasladar.
Pero Como Estamos Para Aprender, Ojala Alguien Pueda Darnos Mejor Informacion.
Saludos
Mario Zamorano
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20/06/2008 #14
No problem
José Luis León...No ay problema alguno....tus 5 mil tiros te los ampara tu factura...Tu servidor Solamente a comprado 2 mil cartuchos y nunca he tenido problema alguno.
TPCP.
Cuando tramito las solicitudes para la petas les hago saber a mis socios cuantos cartuchos van a requerir...algunos expresan 300, 500, 800 o los 1000... Aunque tenga 5 escopetas....solamente tenemos permitido 1000
Saludos.
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20/06/2008 #15
Aclaración, Jose Luis
Creo que están confundiendo los documentos.
El PETA, aplica cuando llevas armas y cartuchos, pero en este caso, sólo llevas cartuchos, y para comprarlos, hay que llevar el registro del arma (hoja rosa). En efecto, son 1000 cartuchos de escopeta por arma registrada, y en DCAM, te darán una factura, PERO NO DEBES MOSTRAR EL PETA, eso crea confusiones y algún policía malandrín, te puede causar problemas.
En resumen, llevas tus cinco hojas rosas de registro, compras 5,000 cartuchos, te dan tu factura, y con esos documentos, te vas a Zacatecas. Si puedes, compra en una librería la LFAFCE, ahí en el art. 50 dice de la compra (1000 cart. en escopeta) y el art.10 bis, manifiesta que la posesión de cartuchos, se limitará a lo establecido en el art.50, POR CADA ARMA MANIFESTADA ANTE LA SECRETARÍA.
No debes tener problema.
Saludos.
Reynaldo.
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22/06/2008 #16
A ver
Voy a volver a intervenir aunque despues salga quien me diga que no tengo la razon...
En la pregunta que hace el compañero al inicio del foro es trasportar tiros a zacatecas
Y pensando en eso estamos en el supuesto de que el compra sus tiros en la defensa y los va a llevar a su domicilio en zacatecas
es decir va a trasportar tiros comprados en la defensa y va a llevarlos a zacatecas
en este caso lo que lo ampara para hacer esto son 3 cosas primero la ley que como ya dijeron en un post atras le permite comprar hasta mil tiros por cada escopeta que tenga registrada
En segundo el registro de cada escopeta
Y en tercero la factura de la sedena
es todo
La peta como ya lo dije antes te ampara para transportar 1,000.00 tiros pero como tambien ya lo dije antes eso es con fines de caza o de tiro nada mas
son 2 cosas diferentes o 2 supuestos diferentes transportar tiros que se compran en la defensa y transportar tiros para fines de caza o tiro
en el primer caso puedes transportar tantos cartuchos como registros tengas y en el segundo unicamente podras trasportar 1,000.00 tiros asi tengas tu peta con 10 escopetas
para contestar tu pregunta si compras cartuchos en la defensa asi sean mas de mil lo que te autoriza a hacerlo es la ley, los registros, y la factura
La peta es unicamente para caza o tiro no aplica en este caso
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22/06/2008 #17
No
La factura no ampara el traslado de cartuchos, solo demuestra que fueron adquiridos de una forma Legal, pero de ninguna forma ampara el traslado de los mismos.
Para ello solo lo ampara la PETA.
Pero si te llegan a parar es muy posible que con todos tus papeles en orden no tengas ningun problema ahora que por avion depende de las aerolineas y del criterio federal.
Saludos
TOXO" Hoy en dia especie que no se caza se extingue, asi de facil "
"El perro que no es de raza , si no tiene hambre no caza"
"Si cazares, no te alabes ; Si no cazares, no te enfades"
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23/06/2008 #18
No TOXO, estás mal. Revisa el artículo 50 de la ley, así como lo plantea David Luna, queda claro, si solo se trata de cartuchos, NO NECESITAS PETA, al comprar cartuchos, y tener una factura, el traslado de los mismos PERSONALMENTE VA IMPLÍCITO, no hay otra forma de llevarlos, no puedes mandarlos de ninguna forma, tienes que llevarlos tú, y si es en tu vehículo, mejor. Ahora que si usas una aerolínea, o autobús, ya dependerá de su criterio. Cuando usas el PETA para transportar solamente cartuchos, te autolimitas y no puedes llevar mas de 1000, ó lo que marque tu PETA. Eso es lo que crea confusión.
Saludos.
Reynaldo.
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23/06/2008 #19
Mas fácil aún
PETA, significa: "permiso extraordinario para transportación de ARMAS de fuego", hay de tres tipos:
1.- con fines cinegéticos (cacería)
2.- para prácticas de tiro (para practicar en tu campo de tiro)
3.- para competencia nacional ( para asistir a eventos en diferentes campos)
Estos permisos incluyen cartuchos, para desarrollar la actividad que se trate(cacería, competencia ó tiro), pero no tiene validez para comprar cartuchos, para hacer esto último, tienes que presentar el registro (hoja rosa) e identificarte.
Ahora bién, imaginen que están en una tienda de cartuchos, (DCAM ó la que sea), se identifican, presentan su hoja rosa, les venden y les facturan sus cartuchos. Eso ya hace legal la compra-venta, cómo te los llevas?, pues en tu vehículo, no hay otra forma, al ser legal la operación, tienes derecho a llevartelos. No tienes ningún problema.
Saludos.
Reynaldo.
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