¿Quién
puede comprar armas y municiones en la DCAM?.
Cualquier
persona mayor de edad, que cumpla con los requisitos
establecidos en la solicitud.
¿Qué
armas y municiones puedo comprar?
Si
estás inscrito a un club de tiro y caza puedes
comprar cualquier tipo de arma (pistola, rifle,
escopeta) permitida para los civiles y municiones.
Si no estás inscrito a un club de tiro y
caza solo puedes comprar un arma para protección
de domicilio y puede ser pistola o revolver, además
de sus respectivas municiones.
¿Qué
cantidades puedo comprar?.
Actualmente
el RFAFyCE utiliza el siguiente criterio.
- Que
solo tengas como máximo 10 armas, de las
cuales 9 sean largas y una corta.
- Si
cuentas con 10 o más armas, ya no te autorizan
comprar más.
- Si
cuentas con 9 armas, solo te autorizan la compra
de una y así sucesivamente.
- Si
cuentas con un arma corta, no te autorizan la
compra de otra arma corta.
- Máximo
te autorizan la compra de 3 armas por año.
- Referente
a municiones.
- Hasta
500 para calibre 22.
- Hasta
200 para pistola en calibre mayor al 22.
- Hasta
200 para rifle alto poder.
- Hasta
1,000 para escopeta.
¿Cuáles
son las ventajas de comprar en la DCAM?
- Compras
un arma nueva, de manera legal y ya queda registrada
a tu nombre.
- Los
precios de la DCAM son muy similares a los que ves
en EUA y en ocasiones más económicos.
¿Si solo deseo comprar
municiones calibre .22 o de escopeta?
Ir
personalmente a la DCAM y llevar:
- Original
y copia de tu credencial de elector, por ambos
lados, clara y legible.
- Original
y copia del registro del arma.
Después
de comprar en la DCAM me voy a regresar en avión.
Tus
armas y tus municiones deben ir bien empacadas,
ya sea en su estuche original o en un estuche rígido,
si se puede con condado mejor.
Llegar
al mostrador de la aerolínea en la que vas
a viajar y ahí manifestar que llevas armas
de fuego para documentar. Un representante de seguridad
de la aerolínea te acompañará
junto con tus armas al módulo de la PFP.
En
la PFP deberás mostrar una copia del oficio
de autorización de compra expedido por el
RFAFyCE, el registro del arma que te entregó
la DCAM, la factura de la compra y las armas para
verificar físicamente marca, modelo y número
de serie. Además, se deberá mostrar
una identificación personal.
El
oficial de guardia llenará un formulario
por triplicado, te entregará una copia, una
al representante de la aerolínea y otra se
quedará en la PFP.
De
ahí el representante de la aerolínea
se hace cargo de las armas y cartuchos y te entregará
un formato llamado ARPEL (arma peligrosa) que servirá
para reclamar las armas en tu destino. Una vez que
hayas arribado a tu destino, deberás acudir
nuevamente en compañía del representante
de la aerolínea a la PFP quien verificará
nuevamente las armas y documentos haciendote entrega
de los mismos.
Dentro
de los reglamentos vigentes no existe una limitación
en cuanto al número de armas que se pueden
documentar en cada vuelo, lo que sí está
claramente definido es la cantidad de cartuchos
que se pueden documentar y que es un máximo
de 5 kgs por pasajero. Esto
no es una limitante de las aerolíneas en
sí, es parte de las normas internacionales
de aviación y que tienen que ver directamente
con el capítulo relacionado al manejo de
materiales y mercancías peligrosas a bordo.
Sobre
las pistolas calibre .380.
Estas
solo se autorizan para protección de domicilio.